Cotización cuidadores no profesionales

05/09/2022
Admin

A partir del 1 de abril, se recuperan las cotizaciones a la Seguridad Social para las personas que ejercen de cuidadoras no profesionales, tras la publicación del Real Decreto-ley 6/2019, de 1 de marzo, de medidas urgentes para garantía de la igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres en el empleo y la ocupación.

Por tanto, si tenéis a vuestro cuidado un familiar (de hasta tercer grado de consanguinidad) con resolución de grado de dependencia y en el PIA (Programa Individual de Atención) se establece la opción de «Prestación económica para cuidados en el entorno familiar y apoyo a cuidadores no profesionales», como la más adecuada para su situación, podréis daros de alta en la Seguridad Social como dichos cuidadores no profesionales.

En caso de que la persona cuidadora establecida en el PIA ya esté dada de alta en la Seguridad Social por desempeñar un trabajo, por cuenta propia o ajena, igual a 40 horas no podrá darse de alta en la Seguridad Social en este concepto.

Las personas cuidadoras que estén dadas de alta por una jornada parcial, se les dará de alta la diferencia hasta las 40 horas semanales.

Las personas cuidadoras que no estén dadas de alta, se les cotizará según las horas de cuidados establecidos en el PIA. Normalmente, por un grado de Dependencia en Grado II se suele cotizar entre 20/30 horas semanales, y por un Grado III suelen ser en torno a 39 horas semanales.

Si actualmente ya estáis pagando por vosotros mismos las cuotas de convenio especial a la Seguridad Social como cuidadores no profesionales a partir del 1 de abril se hará cargo del pago de esa cuota el Estado de forma automática.

En caso de no ser así, se requieren los siguientes pasos:

1- Pedir cita en la Tesorería de la Seguridad Social

2- Presentar en la cita los siguientes documentos:

  • Formulario TA. 0040 debidamente cumplimentado. En caso de no saber cómo hacerlo os ayudarán allí.
  • Resolución de dependencia de la persona con dependencia
  • Original y copia del DNI / NIE de la persona con dependencia
  • Original y copia del DNI / NIE de la persona cuidadora (la que aparece en el PIA).
  • Original y copia del certificado del grado de discapacidad de la persona con dependencia y de la persona cuidadora, en su caso.